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31 de octubre de 2022

Aplicaciones para cumplir con la nueva Ley de residuos (LRSC)

El próximo uno de enero entra en vigor la nueva Ley de residuos y suelos contaminantes para una economía circular, aprobada y publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el pasado 8 de abril. Todas las empresas que sean sujeto pasivo de este impuesto están obligadas a cumplirla, pero, como ya ocurre con otras normativas, hay aplicaciones que facilitan todos estos trámites.

Pero, antes de ver estas soluciones, entendamos en qué consiste la Ley 7/2022 del 8 de abril y cómo nos afecta.

Ley de Residuos y Suelos Contaminados

La LRSC es la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular. Con esta ley se hace efectivo en el ordenamiento jurídico español la Directiva de la Unión Europea 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se actualiza la anterior Directiva 2008/98/CE sobre los residuos y la Directiva 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.

Principales novedades de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados (LRSC)

Esta ley tiene como una de sus principales novedades es que incluye un impuesto sobre envases de plástico no reutilizables.

Este impuesto se aplica a los envases que contengan plástico, independientemente de si se presentan vacíos como si tienen contenido, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.

El ámbito objetivo del impuesto afecta a los envases no reutilizables que contengan plástico, los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de los envases (preformas, láminas de termoplástico) así como los productos de plástico que permitan cerrar, comercializar o presentar los envases.

Los artículos 67 a 83 de la LRSC son los que determinan esta tasa impositiva. Cabe recordar que el objetivo último es eliminar, en la medida de lo posible, la utilización de este material plástico. En la Agencia Tributaria se pueden consultar todos los parámetros legales que afectan a la imposición de este gravamen.

Eso sí, todas aquellas empresas que fabriquen o que realicen adquisiciones intracomunitarias o importaciones de estos envases y que estén sujetos al ámbito objetivo del impuesto deberán solicitar inscripción en el registro territorial correspondiente a la oficina gestora de impuestos especiales donde radique el establecimiento y se ejerza la actividad. Si no fuera posible, deberá hacerlo donde radique en el domicilio fiscal, salvo los adquirentes exentos según art 75.f de la Ley 7/2022.

La solicitud de la inscripción debe realizarse con carácter previo al inicio de la actividad por vía electrónica. Tras la solicitud el interesado recibirá el código de identificación del plástico (CIP).

Aplicaciones de gestión de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados (LRSC)

Como ha ocurrido otras veces (como el Reglamento General de Protección de Datos o la obligatoriedad de registrar el inicio y el fin de la jornada laboral) hay aplicaciones tecnológicas que ayudan a los negocios a cumplir con estas normativas y evitar así la posibilidad de ser sancionados.

Desde SEIDOR podemos ofrecer a nuestros clientes dos opciones diferentes. Por un lado, SAP RDP (Responsible Design and Production), una solución desarrollada en BTP, de ámbito internacional y que da cobertura a más impuestos.

Concebido como un ERP, permite combinar los compromisos normativos, fiscales y voluntarios en una única solución y hacer un seguimiento continuo de la normativa de responsabilidad ampliada del productor (EPR) y de los impuestos sobre el plástico. Además, los productores pueden ajustar parámetros específicos (por ejemplo, precios por acuerdos individuales con PRO) cuando sea aplicable.

Por otro lado, contamos con la solución Plastic Tax by SEIDOR, cuyo principal cometido es el control de esta tasa a través de la implantación de la herramienta, a nivel nacional, que posibilite:

  • La creación y envío de los libros registro y de contabilidad.
  • El cumplimiento con la presentación de los modelos de autoliquidación 592 y solicitud de devolución A22.
  • La repercusión o consignación en factura de la información necesaria con ocasión de las ventas o entregas.

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